¿Es el kale otra verdura de moda? ¿Tiene realmente tantas propiedades? ¿Es fácil de incorporar a la dieta? El kale es una hortaliza de la familia de las coles considerado todo un superalimento por sus propiedades nutritivas únicas.

Contiene más hierro que la carne roja, más calcio que la leche de vaca y una alta concentración de vitaminas K, beneficiosas para los sistemas óseo y sanguíneo, además de propiedades antioxidantes y… ¡muy pocas calorías! Por si fuera poco, tiene una gran versatilidad en la cocina, ya que puede tomarse tanto en forma de zumo como fresca en ensaladas o cocinada como cualquier otra verdura de hoja.

El mundo de la nutrición es sin duda complejo y similar a un juego de piezas en el que no puede faltar ninguna de ellas y además cada una tiene que estar en la proporción adecuada. ¿Para qué? Sencillamente, para que la construcción, en este caso nuestro cuerpo, sea fuerte, funcional y resistente al paso del tiempo. Estas piezas son los nutrientes y otras sustancias beneficiosas que nos aportan los alimentos que tomamos en nuestra dieta habitual.

El conjunto de lo que tomamos día a día es lo que determina la riqueza nutricional de nuestra alimentación y por tanto los beneficios en la salud, en la vitalidad y en la longevidad. Pero, aunque los efectos positivos de la dieta sobre nuestro organismo tienen que valorarse de acuerdo con la totalidad de lo que tomamos, es cierto que algunos alimentos son especialmente interesantes por ser muy ricos en nutrientes y, por tanto, pueden contribuir de una forma muy especial a nuestro bienestar.

Estos alimentos tan especiales reciben habitualmente el nombre de superalimentos pues concentran muchas cualidades comparados con otros similares a ellos o de su misma categoría. Un ejemplo perfecto lo tenemos en el kale, del cual veremos muchos detalles en este libro, ya que sus características nutricionales son superiores a otras verduras y, por tanto, es sumamente recomendable incorporarlo en nuestra dieta.

¿Qué es el kale?

El kale es una verdura de hoja verde que además de deliciosa es muy rica en nutrientes. Pertenece a la familia de las coles, igual que la col, el brócoli, las coles de Bruselas, etcétera. De hecho, la variedad de kale más habitual constituye un tipo de col rizada, aunque en otras variedades las hojas pueden no ser rizadas e incluso tener colores rojizos. A nivel nutricional ha podido verificarse que este virtuoso alimento contiene muchos nutrientes, especialmente vitaminas, minerales y otras sustancias beneficiosas con propiedades antioxidantes, por ejemplo. En su composición encontramos carotenoides precursores de la vitamina A, incluyendo luteína y betacaroteno, vitamina C, vitamina K, ácido fólico, calcio, magnesio, fósforo, potasio, hierro y glucosinolatos. Además, el kale es una fuente de proteínas vegetales y también de fibra, aportando muy pocas calorías y apenas grasas.

Una ración de kale puede tener:

  • Más calcio que la leche.
  • Más hierro que la carne (aunque es otro tipo de hierro).
  • De 3 a 4 veces más ácido fólico que los huevos.
  • De 4 a 10 veces más vitamina C que las espinacas y casi 3 veces más que las naranjas.

El kale, además, es uno de los alimentos con más contenido en vitamina A, junto, por ejemplo, a las zanahorias, y también en vitamina K, casi 7 veces más que la lechuga de hoja verde.

Así que, lo miremos por donde lo miremos, la riqueza nutricional del kale es evidente. Esto es importante, porque si incorporamos este alimento a nuestra dieta estaremos aportando muchos más nutrientes, especialmente vitaminas, minerales y antioxidantes. De hecho, es como si fuera realmente un concentrado nutricional.

Para saber más del KALE:

https://www.profiteditorial.com/libro/kale/

Actualmente KALE lo podrás encontrar en todas las Librerías. En este libro encontrarás todas las respuestas a tus preguntas sobre el kale, consejos para incorporarlo a una dieta saludable y una selección de sencillas y deliciosas recetas para que empieces a disfrutarlo. Descubre el superalimento que, además de color, textura y sabor, aporta bienestar, vitalidad y salud a tus platos.

El próximo 8 de mayo a las 19h será la Presentación del libro KALE por su autora Laura Isabel Arranz en Barcelona. En la Casa del Libro (Rambla de Catalunya, 37).

 

 

 

Laura Isabel Arranz

Doctora en Alimentación y Nutrición, Profesora asociada en el Departamento de Nutrición, Ciencias de la Alimentación y Gastronomía de la Universidad de Barcelona.
Consultora en nutrición y legislación alimentaria para empresas y restaurantes. Orientada a educación alimentaria para niños, familias, y personas con dolor crónico, es autora de varios libros, fundadora del proyecto Gana Nutrición y creadora de la Dieta Lógica.

Nutricionista de We Doctor.

 

 

El sueño no es algo que permanezca invariable a lo largo de nuestra vida. Cómo y cuánto dormimos va cambiando dependiendo de la etapa vital en la que nos encontremos. Como sabemos, un recién nacido no duerme igual que un niño de 3 años y éste tampoco lo hará de la misma forma que un adulto. En este artículo analizamos los cambios que sufre el sueño en la tercera edad y algunos consejos para mejorarlo.

Conforme envejecemos, al igual que nuestro físico cambia (por ejemplo, vamos perdiendo pelo, aparecen arrugas, disminuye nuestra energía, etc), la forma en la que descansamos también lo hace. El sueño se vuelve más ligero, pueden aparecer molestias en nuestro cuerpo durante la noche, tomamos ciertos medicamentos que afectan a nuestro organismo y estos cambios, entre otros muchos, pueden ocasionarnos dificultades para dormir. Pero no significa que podamos dormir bien cuando lleguemos a cierta edad, esto dependerá en gran medida del cuidado que otorguemos a nuestro sueño.

 

CAMBIOS NORMALES EN NUESTRO SUEÑO ASOCIADOS AL ENVEJECIMIENTO 

La edad que tenemos es una variable muy importante a la hora de predecir nuestro sueño. Inevitablemente el sueño sufre cambios conforme nos hacemos mayores.

Uno de los cambios más relevantes que ya hemos mencionado es que el sueño profundo por el que pasamos cada noche disminuirá gradualmente, pasando del 25% aproximadamente de un joven a un 5% de una persona que ya ha pasado los sesenta. Consecuentemente, al disminuir este sueño profundo se incrementará el sueño ligero, y con ello se aumentarán las posibilidades de despertares por el ruido, por la vejiga llena o por algún dolor en nuestro cuerpo.

Es algo normal que nos desvelemos una o incluso dos veces durante la noche, como por ejemplo para ir al baño; y luego nos durmamos rápidamente. También es frecuente que nos despertemos más temprano; no hay porque preocuparse mientras durmamos entre seis y siete horas, y lo más importante, seamos capaces de rendir de manera óptima al día siguiente. Estos cambios forman parte del proceso natural del envejecimiento.

 

ALGUNOS MITOS EN REFERENCIA AL SUEÑO EN LA TERCERA EDAD

NUESTRA NECESIDAD DE DORMIR DISMINUYE CUANDO LLEGAMOS A LA VEJEZ.

Comenzaremos analizando una idea bastante generalizada: la creencia de que nuestra necesidad de sueño disminuye con la edad, algo erróneo ya que como hemos comentado anteriormente más bien lo que disminuye es nuestra capacidad de producirlo.

LOS MEDICAMENTOS PARA DORMIR PUEDEN DEVOLVERME EL SUEÑO QUE TENÍA CON 20 AÑOS.

Es común entre las personas mayores la búsqueda en los fármacos de un sueño como el que tenían cuando eran más jóvenes. Si bien es cierto que la medicación nos puede ayudar a paliar los efectos del insomnio a corto plazo, también es verdad que este sueño difícilmente resultará de la misma calidad.

EL ÚNICO TRATAMIENTO VIABLE PARA LAS PERSONAS MAYORES CON INSOMNIO ES LA MEDICACIÓN.

Al margen de los medicamentos, hay otras posibilidades de tratamiento para el insomnio. Mucha gente se ha beneficiado ya de la terapia psicológica para estos problemas, más concretamente la terapia cognitivo conductual ha dado grandes resultados. En ocasiones es suficiente con el cambio de ciertos hábitos que perjudican nuestro sueño y otras veces, necesitaremos ayuda por parte de un profesional.

TODAS LAS PERSONAS DE EDAD AVANZADA TIENEN DIFICULTADES PARA DORMIR.

No existe una edad determinada en la que empiezan estos problemas con el sueño. Cada persona es particular en la forma de dormir a lo largo de su vida y también lo será en el envejecimiento; existen muchísimas personas con una edad avanzada que duermen de forma totalmente satisfactoria. Así que dependiendo de nuestras características personales, nuestras circunstancias sociales y especialmente nuestros hábitos en lo referente a la salud y al sueño, tendremos más o menos posibilidades de desarrollar estos problemas.

EL SUEÑO DE UNA PERSONA DE 60 AÑOS ES EL MISMO QUE EL DE UNA PERSONA DE 75 AÑOS.

Estas dificultades no suelen aparecer de un día para otro, sino que se instauran en nosotros de manera progresiva. El sueño a lo largo de nuestra vida sufre cambios. Hay etapas en nuestro ciclo vital donde estos cambios se hacen más evidentes, hay una variación importante de la niñez a la edad adulta y en la cuarentena o cincuentena hasta la vejez especialmente.

 
¿INSOMNIO O CAMBIOS NORMALES ASOCIADOS A LA EDAD?

Como comentábamos anteriormente, conforme cumplimos años nuestro sueño sufrirá algunas alteraciones, pero, ¿cómo distinguimos estos cambios incómodos pero naturales de un problema con nuestro sueño?

ALGUNAS PISTAS QUE NOS PUEDEN AYUDAR A TENER MÁS CLARA ESTA DISTINCIÓN:

      1. Nos cuesta dormirnos más de treinta minutos una vez nos metemos en la cama.
      2. Sufrimos varios despertares durante la noche, pasando más de media hora despiertos durante ellos.
      3. Tenemos un despertar excesivamente temprano, sin poder volver a dormirnos.
      4. Nuestro sueño nos preocupa de forma excesiva y nos provoca sufrimiento.
      5. La última y más importante, estas dificultades deterioran nuestro funcionamiento durante el día siguiente.

PRINCIPALES CAUSAS DE LOS PROBLEMAS DE SUEÑO EN LA TERCERA EDAD

EDAD

Muchos son los factores que podrían explicar la mayor prevalencia de dificultades para dormir en las personas mayores.

  • Problemas médicos. Como es natural, determinadas enfermedades aumentan a estas edades, como por ejemplo enfermedades respiratorias o cardíacas; teniendo una gran influencia en la calidad de nuestro sueño.
  • Cambios en nuestros hábitos. Sucesos tan importantes como la jubilación conllevan una transformación en nuestro estilo de vida, y en ocasiones estos cambios dañan aún más a nuestro descanso nocturno. Un ejemplo de estos cambios sería la vida sedentaria o esa pérdida de rutinas diarias que se observa en algunas personas una vez jubiladas. Las encuestas demuestran de forma clara el menor número de problemas de sueño en aquellas personas que mantienen una vida activa frente a las sedentarias.
  • Dificultades en nuestro estado de ánimo. La ansiedad o una bajada en nuestro estado de ánimo tendrán repercusiones directas en el sueño. Las preocupaciones por problemas de salud, la situación económica de nuestros hijos o la pérdida de nuestra pareja pueden ocasionarnos diferentes dificultades psicológicas a esta edad.
  • Algunos medicamentos. Algunos medicamentos utilizados para el abordaje de otros problemas de salud pueden provocar un daño en nuestro sueño; un ejemplo de estos casos sería el efecto diurético de algunos fármacos que nos despertarán con mayor probabilidad durante la noche.

 

ALGUNOS CONSEJOS PARA DORMIR MEJOR 

MANTENER UN ESTILO DE VIDA ACTIVO Y SALUDABLE.

Determinados cambios en nuestro estilo de vida, asociados al envejecimiento, pueden tener notables repercusiones en nuestra forma de dormir. Muchos estudios relacionan una vida sedentaria con mayores dificultades con el sueño por ejemplo. Mantener una dieta equilibrada, realizar ejercicio físico de manera regular, disponer de una vida social activa, así como reducir el consumo de tabaco o alcohol, nos ayudará a descansar de forma más óptima.

REDUCIR EL TIEMPO QUE PASAMOS EN LA CAMA.

La mayoría de las personas que padecen insomnio pasan demasiado tiempo en la cama despiertos. Descansar en la cama aunque sea despierto es una estrategia muy común entre las personas con dificultades para dormir, y aunque a corto plazo puede aliviarnos, esta costumbre puede agravar y mantener nuestro problema. Limitar el tiempo que pasamos en la cama lo más aproximadamente posible a la estimación de nuestro tiempo total de sueño sería muy importante para volver a asociar nuestra cama con el sueño.

MANTENER UN HORARIO DE SUEÑO REGULAR.

Mucha gente después de la jubilación deja de mantener un horario regular es su día a día. Los especialistas en sueño coinciden en la idea de que para mantener un adecuado ritmo de nuestro reloj biológico y así dormir de manera correcta, es necesario llevar una adecuada rutina diaria. Esto se puede llevar a cabo, incluso al margen de nuestro trabajo, a través de compromisos sociales, actividades en nuestra comunidad o realizando ejercicio físico.

CAMBIAR ALGUNAS CREENCIAS RESPECTO AL SUEÑO PARA DORMIR BIEN.

Determinadas formas de pensar o de creencias pueden llevarnos a convertir algo tan normal como unas noches de mal sueño en un problema grave. Las consecuencias sobre la falta de sueño, falsas expectativas sobre la manera correcta de dormir o una necesidad total de control sobre este, son ejemplos de ideas irracionales que algunas personas mantienen. Estas ideas agravan su estado emocional y aumentan su activación a la hora de acostarse, manteniendo así un círculo vicioso.

En conclusión, debemos aceptar que nuestra forma de dormir cambia conforme cumplimos años, y esta puede deteriorarse como otras funciones de nuestro cuerpo. Dicho esto, si padecemos problemas de sueño más graves que aquellos generados por el solo hecho del envejecimiento, en nuestro centro, Psicosomni ofrece una terapia psicológica estructurada que ha demostrado numerosos beneficios y le ayudará a descansar mejor para poder disfrutar plenamente de su vida.

 

Juanjo Agustí. 

Licenciatura en Psicología. Master en Psicología General Sanitaria.
Psicosomni. Centro especializado en el tratamiento psicológico y la prevención de los trastornos  de sueño.
(http://www.psicosomni.es/)
Psicólogo de We Doctor.

Solicitud de consulta online con Juanjo: https://tuconsulta.we-doctor.com/agenda/1474561

Vamos a comentar en este artículo una cuestión de actualidad en las últimas semanas, y es la referente a las resoluciones de la Agencia Española de Protección de Datos en relación a la creación de grupos de WhatsApp.

En concreto nos centraremos en la resolución R/0232/2017, y que es clarificadora de los criterios de la autoridades de protección de datos en esta cuestión.

Antecedentes.

En el mes de diciembre de 2016, se realizó una  reserva para la cena de nochevieja en un restaurante.

Varios días antes de la cena, se creó  un grupo de whatsapp con las personas que participaban en dicha cena. El denunciante salió del grupo pero fue incluido nuevamente por el administrador, recibiendo un mensaje privado, en el que le comunican que si salía del grupo se anulaba la reserva. Asimismo, en el citado grupo se publicó una lista de los asistentes con nombres y apellidos, las mesa donde se sentarían y cuantas personas le acompañarían.

Hechos probados

Queda  acreditado que el restaurante  es responsable de la creación de un grupo de whatsapp con las personas que participaban en la cena de Nochevieja. Asimismo, consta que en el mensaje de whatsapp, se insertó un listado con los datos personales de todos los comensales habían reservado mesa para la cena de esa noche, sin que el denunciante hubiera consentido con anterioridad dicho tratamiento de sus datos personales.

Como consecuencia de todo ello, no hay duda que el restaurante no disponía del consentimiento del afectado para el tratamiento de datos realizados, consistente en la utilización de sus datos en un grupo de whatsapp.

De este suceso, se desprenden varias infracciones que procedemos a detallar.

Se considera infringido el artículo 6.1 de la LOPD por parte del denunciado. El artículo en cuestión dice que “el tratamiento de los datos de carácter personal requerirá el consentimiento inequívoco del afectado, salvo que la Ley disponga otra cosa”

Debemos recordar que el artículo 44.3.b) de la LOPD considera infracción grave: b) “Tratar los datos de carácter personal sin recabar el consentimiento de las personas afectadas, cuando el mismo sea necesario conforme a lo dispuesto en esta Ley y sus disposiciones de desarrollo.”

También hay que reflejar que el restaurante, con la incorporación de un listado con los datos personales de todos los que habían reservado una mesa para la cena del día 31 de diciembre, permitió el acceso por parte de terceros a datos personales relativos al afectado, según el detalle que conste en los hechos probados, cuestión que ha quedado acreditada en el procedimiento sin que el titular de los datos o sus representantes legales hubiesen prestado su consentimiento para ello.

Por tanto, queda acreditado que por parte del restaurante responsable de la custodia de los datos en cuestión, se vulneró el deber de secreto, garantizado en el artículo 10 de la LOPD, al haber posibilitado el acceso no restringido por terceros a datos personales sin contar con el consentimiento del titular de tales datos.

El artículo 10 de la LOPD, dice que “el responsable del fichero y quienes intervengan en cualquier fase del tratamiento de los datos de carácter personal están obligados al secreto profesional respecto de los mismos y al deber de guardarlos, obligaciones que subsistirán aun después de finalizar sus relaciones con el titular del fichero o, en su caso, con el responsable del mismo”.

La vulneración del deber de secreto aparece tipificada como infracción grave en el artículo 44.3.d) de la LOPD. En este precepto se establece lo siguiente: d) “La vulneración del deber de guardar secreto acerca del tratamiento de los datos de carácter personal al que se refiere el artículo 10 de la presente Ley”

Resolución sancionadora

La AEPD decidió en este caso no sancionar económicamente al denunciado, sino que optó por la figura del apercibimiento contemplada en  el artículo 45.6 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

La Agencia observa una cualificada disminución de la culpabilidad de la entidad por la concurrencia de varios criterios de los enunciados en el artículo 45.4 de la LOPD, concretamentela no vinculación de la actividad del denunciado con la realización de tratamientos de datos de carácter personal, la ausencia de reincidencia y que no constan perjuicios causados a las personas interesadas o a terceras personas, salvo las que se desprenden de la infracción cometida.